Formación obligatoria para Manipuladores de Alimentos

Todas las personas que, en el desarrollo de su actividad laboral, establecen contacto directo con los alimentos en cualquiera de sus fases de transformación, preparación, elaboración, fabricación, envasado, almacenamiento, suministro, distribución, servicio, venta o transporte están obligadas por normativa a recibir formación sobre higiene y manipulación alimentaria con el fin de garantizar la seguridad alimentaria de los consumidores.

En caso de inspección esta formación deberá ser acreditada mediante el correspondiente Certificado o Carné de Manipulación de Productos Alimenticios.

Normativa Vigente

Actualmente la normativa alimentaria que regula la formación de los Manipuladores determina una serie de medidas que están encuadradas en el ámbito estatal y europeo. Así pues, todas las empresas del sector alimentario son responsables de su cumplimiento, por lo que deberán garantizar que sus empleados reciban la formación necesaria en materia de higiene y manipulación de los productos destinados a la alimentación. A continuación, haciendo click en los siguientes enlaces, podrás consultar la legislación actual:

  • Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios.
  • Reglamento (UE) 1169/2011, también conocido como ‘Ley de Información Alimentaria’ o de Alérgenos, por la cual se establece que todo operador alimentario está obligado a informar sobre los alérgenos presentes en sus productos mediante un sistema que permita identificarlos claramente. Dicha normativa afecta, entre otros, a restaurantes, bares, cafeterías, hoteles, supermercados, tiendas de alimentación, comedores colectivos y, en general, todo establecimiento que ofrezca productos envasados o sin envasar.

Empresas Alimentarias

Se consideran empresas pertenecientes al sector alimentario aquellas que desarrollan procesos relacionados con la cadena alimentaria. Se incluyen en este ámbito, por lo tanto, la industria agroalimentaria, los mercados y comercios de alimentación, la hostelería (bares, restaurantes, catering, etc.), y cualquier servicio de suministro, venta o transporte de productos alimenticios.

¿Formación Presencial o Formación Online?

La legislación actual establece, entre sus principales novedades, la posibilidad de realizar este tipo de formación de forma online, por lo que ya no es necesario obtener el Certificado asistiendo a clase de forma presencial, pudiendo realizarse el cursillo desde tu domicilio o lugar de trabajo, a distancia y online.